Ley de Presupuesto establece exigencias para la ejecución de los recursos, según Hacienda
En un escrito originado en la cartera de Hacienda, el referido Ministerio recuerda que a partir del presente ejercicio fiscal 2012, el Congreso Nacional aprobó dentro de la Ley del Presupuesto General de la Nación (PGN) varias disposiciones establecidas para el proceso de ejecución presupuestaria que alcanzan a las municipalidades del país, Gobernaciones, empresas accionarias del Estado y Organizaciones No Gubernamentales (ONGs).
Estos son ordenamientos que establecen igualdad de condiciones similares a las que rigen para las entidades del sector público que se ajustan a la Ley de Administración Financiera del Estado, ampliando las exigencias en rendición de cuentas y presentación de informes sobre utilización de recursos del Estado.
Asimismo, a través de la referida Ley de Presupuesto el Congreso de la Nación dispuso, para un mejor control de las transferencias de recursos a ONGs, la constitución de una Unidad Técnica de Control, fiscalización y seguimiento de la utilización de los fondos, que estará conformada por dos funcionarios técnicos de la Cámara de Senadores, dos de la Cámara de Diputados y dos de la Comisión Bicameral de Presupuesto del Congreso Nacional.
Para ello, el Ministerio de Hacienda informará al Congreso Nacional sobre estos resultados bimestralmente, a más tardar treinta días hábiles posteriores al término del mismo, y los informes de cierre del ejercicio fiscal formarán parte del informe financiero.
Es bueno aclarar que la misma Ley de Presupuesto ha condicionado a todas las entidades que reciben recursos del Estado a la presentación de informes de rendición de cuentas y de uso y aplicación de fondos estatales, y que en casos de incumplimiento se dispone que el Tesoro Nacional no transferirá recurso alguno hasta tanto dure el incumplimiento.
En tal sentido, el Ministerio de Hacienda ha iniciado el desarrollo de una serie de talleres de capacitaciones para clarificar el alcance, interpretación de las normas, formas y fechas de presentación, a fin de evitar posteriores reclamos de los afectados debido a la no transferencia de fondos, ordenada por los legisladores a través de la ley anual de presupuesto.
Por otro lado, en el transcurso de esta semana el Ministerio de Hacienda pondrá a consideración de la Presidencia de la República la aprobación del Plan Financiero, medio por la cual se establece la asignación financiera conforme a las posibilidades de la Tesorería. A través de este instrumento, establecido en la Ley 1.535 de Administración Financiera del Estado, el Ministerio de Hacienda asigna montos globales de gastos, que posteriormente son distribuidos al interior de las diferentes entidades conforme a las prioridades de los diferentes programas.
El ajuste realizado representa 6% (aproximadamente G. 1.287 millones) sobre el Presupuesto aprobado por el Congreso Nacional, para un Presupuesto que aún con esta medida sigue con un desfinanciamiento de G. 2,8 millones. La mayor parte de este desfinanciamiento es producto de los aumentos que fueron incorporados durante su tratamiento en el Parlamento.
Fuente: MH/DGIP
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